El Ejecutivo amplía el plazo para que las empresas de medicina prepaga implementen subas en sus cuotas, generando expectativa entre los afiliados.
El Gobierno ha decidido prorrogar la autorización para que las empresas de medicina prepaga apliquen aumentos en sus cuotas, de acuerdo con el plan contratado y la región en la que se brinde la atención médica. Esta decisión se formalizó a través de la Resolución 3386/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud, publicada en el Boletín Oficial. La medida responde a solicitudes de varias empresas que necesitaban más tiempo para actualizar sus sistemas de facturación, lo que podría llevar a nuevos aumentos en el corto plazo.
La extensión del plazo se mantendrá hasta el 1° de diciembre de 2024, permitiendo a las prepagas cumplir con los incrementos habilitados por la Resolución 2155 del 2 de septiembre, que ya había autorizado ajustes en las cuotas. Según el texto de la resolución, las modificaciones en los sistemas de facturación requieren un período de adaptación para cumplir con las nuevas directivas.
La resolución inicial argumentaba que la diversidad de planes ofrecidos, tanto con copagos como sin ellos, justifica una política de ajustes que refleje las diferencias en los costos de atención médica y garantice una cobertura equitativa. También se destaca que las disparidades de costos entre distintas regiones hacen necesaria la aplicación de aumentos diferenciados.
Las empresas de medicina prepaga deberán comunicar a sus afiliados los aumentos en un plazo de cinco días tras la publicación del último Índice de Precios al Consumidor. Esta comunicación deberá ser clara, destacando el porcentaje de aumento aplicado y el nuevo monto de la cuota mensual.
Además, las prepagas están obligadas a proporcionar un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas facturadas. Este desglose debe incluir el costo base del plan, los costos adicionales por coberturas específicas, ajustes por edad o factores de riesgo, aportes y cotizaciones, así como impuestos y tasas aplicables. La normativa establece que cualquier cambio en estos conceptos debe ser notificado al afiliado con al menos 30 días de anticipación, explicando las razones de la modificación.
Con esta prórroga, se espera que las prepagas puedan implementar los ajustes necesarios sin generar un impacto abrupto en los afiliados, aunque el panorama de nuevos aumentos sigue generando incertidumbre en el sector.